Somos el Primer restaurante con una propuesta gastronómica basada en materias primas regionales y que mantiene las recetas gastronómicas originales.

Lo mejor de la comida Cusqueña regiónal

Nuestras recetas regionales

Chiri Uchu:El plato típico bandera de Cusco.

Existen muchas historias que hablan sobre el origen de este plato que se remontan en la época de los incas donde se explica el porqué de cada ingrediente incluido en el plato.– Se dice que nació de los Aynis (Sistema de trabajo de reciprocidad familiar entre los miembros), ya que al finalizar la jornada de trabajo cada Ayllu (Comunidad familiar) compartía lo mejor de su casa con los demás, formándose así una mezcla de alimentos de la costa, sierra y selva creando grandes banquetes.– En 1572 el cronista Pedro Sarmiento de Gamboa explica la dualidad que los antiguos peruanos aplicaban a sus comidas, las cuales eran divididas en alimentos que provenían de la tierra “machos”, los demás eran calificados como “chinas o hembras”. Alimentos que son empleados en este plato como el maíz, cuy, gallina, algas, huevera, entre otros.– Con la llegada de los españoles a suelo cusqueño se reemplazan los cultos y ritos con las tradiciones religiosas y una de ellas fue el Corpus Christi, una festividad católica que reúne a santos patrones y vírgenes de las parroquias. Es así como también el Chiri Uchu ha formado parte de esta evolución, entre la fusión europea con las tradiciones andinas.

Fuente: Peru Rail

Nuestra cultura y tradición gastrónomica

Sopa de quinua

En los altos Andes centrales del Perú y en el resto de las tierras altas de Sudamérica la quinua alcanzó mucha importancia como alimento muy nutritivo. La quinua un cultivo utilizado por las poblaciones campesinas indígenas en Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y Chile, por diferentes grupos nativos como los Quechuas y Aymaras en Perú y Bolivia y por las poblaciones Mapuches en Chile. Es gracias a ellos que en sus chacras se han conservado el material genético de este grano y otras especies .La quinua y varias especies de amarantos constituyeron importantes componentes de la dieta de la población andina precolombina. Los amarantos son parientes cercanos de la quinua y su composición química es muy parecida.

Fuente : EcuRed

Acciones de Protección al Patrimonio Cultural , con base legal la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

Ley N° 28296.TÍTULO II PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN CAPÍTULO I MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN

Artículo 19°.- Organismos competentes El Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia.

Artículo 20°.- Restricciones a la propiedad Son restricciones básicas al ejercicio de la propiedad de bienes muebles e inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación: a) Desmembrar partes integrantes de un bien mueble o inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.

b) Alterar, reconstruir, modificar o restaurar total o parcialmente el bien mueble o inmueble, sin autorización previa del Instituto Nacional de Cultura en cuya jurisdicción se ubique

. Artículo 21°.- Obligaciones de los propietarios Los propietarios particulares de bienes muebles e inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación tienen la obligación de:

a) Facilitar el acceso a los inspectores del Instituto Nacional de Cultura, previo aviso; o en cualquier momento cuando las condiciones de urgencia así lo ameriten a juicio de dicha institución. En estos casos, el Instituto Nacional de Cultura respeta el principio de la intimidad personal y familiar, bajo responsabilidad por cualquier exceso que pudiere cometer. b) Permitir el acceso a los investigadores debidamente acreditados, con las mismas salvedades establecidas en el inciso precedente.

c) Proporcionar la documentación histórica, titulación y demás documentos que puedan requerirse en razón de investigaciones científicas; respetando el principio de la intimidad personal y familiar, bajo responsabilidad del funcionario a cargo.

d) Consentir la ejecución de obras de restauración, reconstrucción o revalorización del bien mueble o inmueble, por parte del Instituto Nacional de Cultura, cuando fueren indispensables para garantizar la preservación óptima del mismo.

Artículo 22°.- Protección de bienes inmuebles

22.1 Toda obra pública o privada de edificación nueva, remodelación, restauración, ampliación, refacción, acondicionamiento, demolición, puesta en valor o cualquier otra que involucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere para su ejecución de la autorización del Ministerio de Cultura.

22.2 Para dichos efectos, el Ministerio de Cultura designará los delegados Ad Hoc que estime necesarios de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificación.

22.3 El Instituto Nacional de Cultura queda facultado para disponer la paralización y/o demolición de la obra no autorizada, de la que se ejecute contraviniendo, cambiando o desconociendo las especificaciones técnicas y de las que afecten de manera directa o indirecta la estructura o armonía de bienes inmuebles vinculados al Patrimonio Cultural de la Nación, solicitando el auxilio de la fuerza pública, en caso de ser necesario.

22.4 Las paralizaciones de obra y las demoliciones que ordene el Instituto Nacional de Cultura, se ejecutan por la vía coactiva y todo gasto que se irrogue será asumido por los infractores. La orden de paralización de obra o demolición a que se refiere la Ley, conlleva la obligación de los infractores de devolverla al estado anterior a la agresión, salvo el caso de imposibilidad material demostrada, correspondiendo a dicha entidad ejercer las acciones legales necesarias.

22.5 En los casos en que se compruebe las destrucción o alteración de un inmueble sometido al régimen que prevé esta Ley, los organismos competentes darán cuenta al Ministerio Publico para que inicie la acción penal correspondiente.

Artículo 23°.- Protección de bienes muebles La protección de los bienes culturales muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación comprende su identificación, registro, investigación, conservación, restauración, preservación, puesta en valor, promoción y difusión; asimismo, la restitución y repatriación cuando se encuentren de manera ilegal fuera del país.

Artículo 24°.- Protección de bienes inmateriales La protección de los bienes inmateriales del Patrimonio Cultural de la Nación comprende su identificación, documentación, registro, investigación, preservación, promoción, valorización, transmisión y revitalización.

Acciones de Protección al Patrimonio Cultural

La mejor de la Cocktelería

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Frutas que hay en Cusco

La frescura de las frutas de temporada que llegan a nuestra ciudad imperial del Cusco, es entender los detalles de los sabores y aromas que levantan sensaciones de llevarte una fruta a la boca. En estos meses de celebración–mayo, junio y julio–cuando la mayoría de las personas salen en grupos de familia o amigos a ser parte de las fiestas de Corpus Christi, del Inti Raymi y de las fiestas patrias, es fácil encontrar en las calles a las vendedoras ambulantes empujando sus carretillas y ofreciéndonos coco, caña, granada y chirimoya.

Fuente:Cuscoeats

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Tecsecocha 149
Cusco, 08002

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